Miércoles 27 de noviembre de 2024


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APUNTES DE AYER

                 Un singular caso en el Juzgado de Paz del Pilar

 

    
  
De la mano de un suceso acaecido en la Villa Toro de 1893, podremos adentrarnos en la idiosincrasia de la Justicia local histórica. Desde siempre hubo jueces para juzgar casos de menor cuantía.

Recordemos que en la época de la colonia, los encargados de juzgar los asuntos menores eran los Alcaldes de la Santa Hermandad (o Alcaldes de la Hermandad, a secas), quienes sancionaban los delitos cometidos en despoblado. Luego de la Revolución, cambian su denominación para pasar a llamarse Jueces de Paz de Barrio y de Campaña, diferenciándose según la cuantía de los montos dinerarios reclamados y su situación respecto de las ciudades. Tenían en sus manos la distribución del derecho y debían dirimir los conflictos entre los vecinos.

us funciones eran la de aplicar el derecho civil y penal, con un proceso escrito, pero el objeto principal de los juicios era lograr una conciliación. Poseían también funciones administrativas, como la competencia en materia de la Juntas Calificadoras en tiempo de elecciones. Eran nombrados directamente por el gobernador y a Pilar le correspondía los jueces de Paz de Campaña. Luego fueron propuestos por el Consejo Deliberativo, pero siempre nombrados por el gobernador.

  


La Justicia, la Equidad
de Rogelio Yrurtia

En 1854 una ley crea nuevas disposiciones para los magistrados. Se les confiere, por ejemplo, la responsabilidad de resolver sobre la radicación de extranjeros afincados en los partidos. Tiene que ver con la iniciación del proceso inmigratorio que tantos cientos de miles de personas depositaría en nuestras tierras. Asimismo, ahora también estaban autorizados a labrar un juicio oral por incumplimiento de contrato, apelable ante el fuero civil de 1era. Instancia.

El distrito del Pilar posee archivos de jueces de menor cuantía aproximadamente desde 1824. Rico historial que requiere preservación y sistematización para su estudio, lo que deseamos fervientemente se lleve a cabo cuanto antes. Allí existen testamentos, mensuras, autorizaciones de fronteras, ventas de tierras, etc. Lamentablemente, mucha documentación imprescindible para conocer nuestra historia ya no está, pero gracias al celo de la actual magistrada por mantenerlo indemne, es posible aún auscultar nuestros orígenes en este reservorio.

 

Villa de Toro

Interesados como siempre en la historia de Villa Toro y habiendo investigado en algunos legajos que componen su extenso archivo, hoy traemos a consideración una de las actuaciones del año 1893, en donde el Juez de Paz de entonces, Don Vicente Méndez, intervino en un caso acaecido en "Villa de Toro". Ocasional cambio de nombre para nuestro pueblo, dándole aún más un sentido de pertenencia personal, designándolo como "de" Toro, quizás en homenaje al recientemente fallecido Don Antonio Toro ya que las actuaciones principian en junio de 1893, tres meses después del atentado que le costara la vida.  

 


Sello Juzgado de Paz, año 1893


Sello Timbre, 1892

   El caso, que de ninguna manera serviría para sentar jurisprudencia, lo tomamos en realidad para conocer un poco la labor de aquellos jueces de paz. Se trata de un policía del destacamento de la Villa, Don Pablo Montenegro, el que fue denunciado por haber asaltado "a mano armada" (el arma era un rebenque) la casa de Doña Rosa Aguilar de Álvarez el día 24 de junio a las 9 de la mañana. Esta vecina, que era viuda de Juan Antonio Alvarez y de unos 70 años, denuncia que estando en su propiedad junto a su hija Teofila, la que sostenía en sus brazos una criatura, el policía irrumpe gritándoles "ladronas", espetándoles que le habían hurtado sabanas, leña y otras cosas. Incluso, refiere que el uniformado trató de "estropearlas" con el rebenque. Ella temía "por el mal resultado, y teniendo la seguridad de que Montenegro insistiría en su atropello sin razón, da cuenta a la policía a fin de que evite el crimen en perspectiva".

El Comisario de la Ciudad de Pilar, Don Martiniano Carrizo, cita el 24 de junio al agente Montenegro y le toma declaración. Este niega todo y manifiesta que en realidad la Sra. Rosa Aguilar le prestaba algunos servicios en su domicilio particular de distintas formas. Como le faltaban pertenencias, presumiendo que ella tenia algo que ver, le prohibió la entrada y supone que por despecho empezó a difamarlo. Que él se había limitado, por su dignidad, a presentarse personalmente ante la señora y pedirle moderara sus insultos. Que iba a pie, sin rebenque, por lo que nunca la amenazó. Todas estas actas fueron recibidas en el Juzgado, donde el Juez Méndez le tomó declaración a la denunciante y al policía; recibiendo también el testimonio del oficial de policía del destacamento de Villa Toro, Juan Guerra, quien si bien reconoció haber visto a Montenegro, no pudo atestiguar sobre los insultos.

Las actuaciones terminan abruptamente y no prosiguen luego de estas declaraciones; aunque en la primera foja dice "terminado" por lo que suponemos que no se llego a mayores sanciones, siendo posible que esta singular pelea doméstica, no afectara en mucho el trabajo diario de los funcionarios involucrados. En todas las épocas, la Justicia ha sido siempre una dama de ojos vendados que, aunque sabia y poderosa, en ocasiones poco puede hacer para torcer la conducta humana.

 


Sello Comisaría de Pilar, año 1892


 
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